Según el artículo 27 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León:
"(...)
3. Las candidaturas presentadas serán publicadas el vigésimo segundo día posterior a la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial» de las provincias de la Comunidad. Las de cada circunscripción electoral serán expuestas, además, en los locales de las respectivas Juntas Electorales Provinciales.
4. Dos días después, las Juntas Electorales Provinciales comunicarán a los representantes de las candidaturas la irregularidades apreciadas en ellas de oficio o denunciadas por otros representantes. El plazo de subsanación es de cuarenta y ocho horas".
Según el artículo 28 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León:
"1. Las Juntas Electorales Provinciales procederán a la proclamación de las candidaturas el vigésimo séptimo día posterior a la convocatoria.
2. Las candidaturas proclamadas se publicarán y expondrán el vigésimo octavo día posterior a la convocatoria, en la forma establecida en el número 3 del artículo anterior".
© Junta Electoral de Castilla y León.
Desarrollado por: Cortes de Castilla y León.